SANTO DOMINGO.- La Asamblea Nacional Revisora aprobó en segunda lectura una nueva enmienda a la Constitución Dominicana, la cual realizó cambios en los artículos 81, 166, 167, 169, 171, 178, 179, 209, 268 y 274 de la Carta Magna. En lo adelante solo faltaría firmarla y proclamarla por parte del Congreso Nacional para que ésta entre en vigencia.
La revisión de los asambleístas también incluyó una nueva disposición general como artículo 278 que establece que: “Ningún funcionario de elección popular podrá beneficiarse de una reforma constitucional durante su mandato, cuando esta verse sobre las reglas de postulación, elección y permanencia del cargo que ocupa”.
Aprobaron, además, diez disposiciones transitorias.
¿Qué cambia?
Entre los cambios más significativos está: La reducción en la matrícula de la Cámara de Diputados de 190 a 170, se le cambia el nombre al Procurador General Administrativo por el Abogado General de la Administración Pública; asimismo, se le cambia el nombre de la Procuraduría General Administrativa por Oficina del Abogado General de la Administración Pública; cambia el nombre del Procurador General de la República por Abogado General de la República y su forma de elección, que en la Constitución anterior lo designaba el presidente de la República, se modificó para que sea escogido por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), y tendrá inamovilidad por un periodo de 2 años.
También, la nueva Constitución cambia al Procurador General de la República del Consejo Nacional de la Magistratura y coloca al presidente del Tribunal Constitucional.
De igual manera, fue aprobada la unificación de las elecciones municipales, congresuales y presidenciales para el periodo electoral 2032.
